Tipos de Licencias de Operación
En la práctica de la Seguridad Radiológica, existen diferentes tipos de Licencias de Operación para clasificar a las empresas o instalaciones que trabajan con radiación ionizante.
La Comisión Nacional de Seguridad Nuclear y Salvaguardias (CNSNS) es la organizacion encargada de asegurar y vigilar el cumplimiento de las normas de seguridad en materia radiológica.
Dependiendo del tipo de actividad que la empresa o institución, realice con las fuentes o los equipos generadores de radiación ionizante, la CNSNS clasifica a las instalaciones en tipo I y tipo II. A su vez, éstas se clasifican en A, B o C.
A continuación, compartimos los puntos a tomar en cuenta para llevar a cabo esta clasificación.
TIPO I: Instalaciones donde se producen, almacenan o usan fuentes selladas o dispositivos generadores de radiación ionizante; en las que se extrae o procesa mineral radiactivo, o en las que tratan, acondicionan o almacenan desechos radiactivos de niveles bajos o intermedios.
TIPO II: Instalaciones Donde se producen, fabrican, almacenan o usan fuentes abiertas.
Los tipos de licencias de operación a su vez se clasifican en A, B o C:
Licencias de Operación para instalaciones tipo I: Atendiendo a la magnitud del riesgo relacionado con las operaciones se clasifican de la siguiente forma:
TIPO I-A: Son las instalaciones que cuentan con irradiadores en los que las fuentes salen del blindaje durante su operación o aceleradores de partículas con energías iguales o mayores a 10 MeV. Se incluyen minas y plantas de tratamiento de minerales radiactivos, sus presas de jales y las zonas de trabajo asociadas a ellas. Del mismo modo, los almacenes temporales o definitivos de desechos radiactivos de niveles bajo o intermedio.
En esta clasificación se incluyen los lugares en donde se realicen trabajos de radiografía industrial con equipo portátil, ya sea a base de material radiactivo o de rayos X. Asimismo, los lugares en donde se realicen estudios geofísicos de pozos en los que la fuente de radiación salga de su contenedor, y los lugares de permanencia de pacientes con aplicaciones de braquiterapia.
TIPO I-B: Aquellas que alojen unidades de teleterapia, de braquiterapia, de Rayos X con fines terapéuticos, irradiadores en los que las fuentes no salen del blindaje durante su operación o aceleradores de partículas con energías menores de 10 MeV.
Son consideradas dentro de esta clasificación las instalaciones fijas en las que se realicen trabajos de radiografía industrial, ya sea con material radiactivo o con Rayos X.
TIPO I-C: Instalaciones en las que se haga uso de aplicadores oftálmicos, medidores de espesor, densidad o nivel, o eliminadores y medidores de electricidad estática.
Licencias de Operación para instalaciones tipo II: Atendiendo a la actividad y radiotoxicidad de las fuentes de radiación que se utilicen se clasifican de la siguiente forma:
TIPO II-A: Son aquellas en las que puedan estar presentes, en cualquier momento dado, más de 370 MBq (10 mCi) de radionúclidos de muy alta radiotoxicidad, más de 3.7 GBq (100 mCi) de radionúclidos de alta radiotoxicidad, más de 37 GBq (1 Ci) de radionúclidos de moderada radiotoxicidad o más de 370 GBq (10 Ci) de radionúclidos de baja radiotoxicidad.
TIPO II-B: Se consideran las instalaciones en las que pueden estar presentes, en cualquier momento dado, hasta 370 MBq (10 mCi) de radionúclidos de muy alta radiotoxicidad, hasta 3.7 GBq (100 mCi) de radionúclidos de alta radiotoxicidad, hasta 3.7 GBq (1 Ci) de radionúclidos de moderada radiotoxicidad o hasta 370 GBq (10 Ci) de radionúclidos de baja radiotoxicidad.
TIPO II-C: Aquellas en las que pueden estar presentes, en cualquier momento dado, hasta 370 KBq (10 uCi) de radionúclidos de muy alta radiotoxicidad, hasta 3.7 MBq (100 uCi) de radionúclidos de alta radiotoxicidad, hasta 37 MBq (1 mCi) de radionúclidos de moderada radiotoxicidad o hasta 370 MBq (10 mCi) de radionúclidos de baja radiotoxicidad.